PERSPECTIVA DE INTERSECCIONALIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DEBE ANALIZAR LOS MÚLTIPLES FACTORES DE VULNERABILIDAD DE LA VÍCTIMA CUANDO SE ALEGUE QUE LA MUERTE DE UNA MUJER FUE DE FORMA VIOLENTA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona fue condenada por el delito de homicidio cometido en agravio de una mujer, quien al momento de su muerte tenía diecinueve años y era estudiante. El Tribunal de Alzada modificó la sentencia sólo por la individualización de la pena, por lo que la madre de la víctima (víctima indirecta) promovió amparo directo en el que argumentó que ese órgano jurisdiccional no cumplió con la obligación de juzgar con perspectiva de género, lo que impidió reclasificar el delito a feminicidio. El Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento negó el amparo porque no advirtió una situación de...
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