SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. EL ARTÍCULO 37, PÁRRAFO OCTAVO, DE LA LEY QUE LOS REGULA, NO DEBE EXAMINARSE A LA LUZ DE LOS DERECHOS A LA LIBRE COMPETENCIA Y CONCURRENCIA COMO SI SE TRATARA DE UN LIBRE MERCADO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2021).
Texto de la tesis
Hechos: Una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) promovió amparo indirecto contra el referido artículo, porque a su juicio el nuevo límite establecido para el cobro de comisiones, el cual se obtiene del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile, viola el artículo 28 de la Constitución Federal, porque establece barreras injustificadas en detrimento de la libre competencia y concurrencia en el sector de las Afores con base en elementos ajenos al mercado del sistema del ahorro p...
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