IUSera
Registro digital 2028842 · Tesis aislada · 11a. Época · XII.1o.C.1 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. NO PROCEDE DECLARARLA DESIERTA ANTES DE LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL OFERENTE DE PROPORCIONAR UN NUEVO DOMICILIO DEL TESTIGO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En el juicio de amparo indirecto la quejosa ofreció la prueba testimonial a cargo de determinada persona y ante la imposibilidad de citarla en el domicilio señalado por el oferente, el Juez la requirió para que proporcionara uno diverso, con el apercibimiento que de no dar cumplimiento se tendría por no ofrecida; en virtud del incumplimiento a dicha prevención, antes del día y hora señalados para la audiencia constitucional, se declaró desierta la prueba testimonial. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que no procede declarar desierta la prueba testimonial...

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