EMPLAZAMIENTO DE LA TERCERA INTERESADA AL AMPARO INDIRECTO. LA OMISIÓN DE LA PERSONA QUEJOSA DE CUMPLIR CON EL REQUERIMIENTO DE SEÑALAR UN NUEVO DOMICILIO PARA LLEVARLO A CABO, NO CONLLEVA LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO.
Texto de la tesis
Hechos: En amparo indirecto se previno a la persona quejosa para que señalara un nuevo domicilio para emplazar a la tercera interesada, con el apercibimiento que de no hacerlo se sobreseería en el juicio, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 108, fracción II, ambos de la Ley de Amparo. Al no cumplir, se hizo efectivo el apercibimiento y se sobreseyó fuera de audiencia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la omisión de la persona quejosa de cumplir con el requerimiento de señalar un nue...
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