IUSera
Registro digital 2028822 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 65/2024 (11a.) · Primera Sala

OMISIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO DE INVESTIGAR TORTURA. ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO QUE SE PROMUEVA EN SU CONTRA, EL JUEZ DE DISTRITO CON JURISDICCIÓN EN EL LUGAR EN DONDE RADICA LA AUTORIDAD A LA QUE SE LE ATRIBUYE LA OMISIÓN.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Un tribunal colegiado y un Pleno de Circuito conocieron de distintos casos en los que se promovieron amparos en contra de la omisión del ministerio público de investigar actos de tortura; sin embargo, las demandas se presentaron en un lugar diverso a aquel en el que radicaba la autoridad omisa, por lo que surgieron sendos conflictos competenciales. Por otra parte, el tribunal colegiado consideró que el acto es omisivo y sin efectos positivos, por lo que el órgano jurisdiccional competente debía ser el del lugar en el que se presente la demanda; en cambio, el Pleno de Circuito sostuvo q...

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