IUSera
Registro digital 2028767 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.P.T.CN. J/11 P (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

BENEFICIOS PRELIBERACIONALES DE LIBERTAD CONDICIONADA Y ANTICIPADA. EL REQUISITO PREVISTO EN LA FRACCIÓN III DE LOS ARTÍCULOS 137 Y 141 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, RELATIVO A LA "BUENA CONDUCTA" DURANTE EL INTERNAMIENTO, DEBE ANALIZARSE DESDE EL PUNTO DE VISTA GRADUAL Y PROGRESIVO.

Penal
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar el requisito de la "buena conducta" durante el internamiento, previsto para la obtención de los beneficios preliberacionales de libertad condicionada y anticipada. Mientras que uno estableció que en la reinserción social, al ser de naturaleza gradual y progresiva, el comportamiento de la persona privada de la libertad debía evaluarse de momento a momento, por lo que el Juez tendría que allegarse de toda la información necesaria para advertir si hubo un cambio en la conducta del sentenc...

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