IUSera
Registro digital 2028756 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.CN. J/95 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA PARA EL EFECTO DE QUE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CONVOQUE A UN PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES, A FIN DE QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA DESIGNE A LAS PERSONAS INTEGRANTES DE UN ÓRGANO CONSTITUCIONAL AUTÓNOMO, POR CONTRAVENIR EL ORDEN PÚBLICO E INTERÉS SOCIAL.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si resulta procedente conceder la suspensión provisional en el amparo para el efecto de que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión convoque a un periodo extraordinario de sesiones, a fin de que el Senado de la República designe a las personas integrantes de un órgano constitucional autónomo. Mientras que uno determinó que se contravenían disposiciones de orden público y se seguía perjuicio al interés social, porque esa facultad es discrecional; el otro consideró que no se afec...

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