IUSera
Registro digital 2028737 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIII.2o.18 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

INTERÉS JURÍDICO EN AMPARO INDIRECTO. LO TIENEN LAS PERSONAS INTEGRANTES DE LA GUARDIA NACIONAL CONTRA LA ORDEN DE CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se sobreseyó en amparo indirecto al considerarse que la persona quejosa, integrante de la Guardia Nacional, no tiene derecho a la inamovilidad y, por ende, carece de interés jurídico para instar el juicio constitucional contra su cambio de adscripción. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que las personas integrantes de la Guardia Nacional tienen interés jurídico para promover amparo indirecto contra la orden de cambio de adscripción. Justificación: De los artículos 26, fracción VIII y 60, fracción XVII, de la Ley de la Guardia Nacional, 13 y 19, fracción XL...

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