INTERÉS JURÍDICO EN AMPARO INDIRECTO. LO TIENEN LAS PERSONAS INTEGRANTES DE LA GUARDIA NACIONAL CONTRA LA ORDEN DE CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: Se sobreseyó en amparo indirecto al considerarse que la persona quejosa, integrante de la Guardia Nacional, no tiene derecho a la inamovilidad y, por ende, carece de interés jurídico para instar el juicio constitucional contra su cambio de adscripción. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que las personas integrantes de la Guardia Nacional tienen interés jurídico para promover amparo indirecto contra la orden de cambio de adscripción. Justificación: De los artículos 26, fracción VIII y 60, fracción XVII, de la Ley de la Guardia Nacional, 13 y 19, fracción XL...
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