IUSera
Registro digital 2028728 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 57/2024 (11a.) · Primera Sala

CESIÓN DE DERECHOS LITIGIOSOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA. PARA IMPUGNAR EN AMPARO INDIRECTO LA DECISIÓN QUE LA APRUEBA, ES NECESARIO ESPERAR AL DICTADO DE LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los órganos jurisdiccionales contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si procede el juicio de amparo indirecto en contra de la decisión que aprueba una cesión de derechos litigiosos en ejecución de sentencia. Mientras que uno estimó que es improcedente porque no se afectan derechos sustantivos y, por tanto, es necesario esperar hasta la última resolución en el procedimiento de ejecución para promoverlo; el otro sostuvo que sí se afectan esos derechos, lo que hace procedente el juicio. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación...

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