IUSera
Registro digital 2028700 · Tesis aislada · 11a. Época · XXX.1o.6 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

CONVENIO LABORAL SANCIONADO POR EL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL. ES IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE NULIDAD EN SU CONTRA, AUN CUANDO SE ALEGUE RENUNCIA DE DERECHOS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona demandó la nulidad del convenio celebrado ante una oficina estatal del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como el pago de la diferencia que resultara por concepto de prima de antigüedad, toda vez que alegó renuncia de derechos porque la cantidad calculada y pagada por dicho concepto en el referido convenio no incluyó los estímulos de asistencia y puntualidad. La persona juzgadora desechó la demanda al considerar improcedente la acción de nulidad del convenio sancionado por la referida autoridad, así como la revisión posterior de hechos o prestaciones mat...

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