COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LOS ARTÍCULOS CUARTO, QUINTO, PÁRRAFO PRIMERO, SEXTO, SÉPTIMO Y DÉCIMO TRANSITORIOS DEL DECRETO DE REFORMAS EN MATERIA DE CONCESIONES PARA MINERÍA Y AGUA. SE RIGE POR LA REGLA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 37, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DE AMPARO.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar los artículos transitorios referidos y determinar el Juzgado de Distrito competente por razón de territorio para conocer del amparo promovido en su contra. Mientras que uno consideró que sólo tienen efectos declarativos que no conllevan ejecución material, el otro estimó que sí la tienen. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que para definir la competencia para conocer del amp...
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