SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO CONTRA LA PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA. PROCEDE SÓLO PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 166 DE LA LEY DE AMPARO, SIN QUE PUEDAN AMPLIARSE PARA LOS DEL DIVERSO 61, FRACCIÓN XVII, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL PROPIO ORDENAMIENTO, AUN CUANDO SE RECLAMEN VIOLACIONES A LOS ARTÍCULOS 19 Y 20 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona juzgadora de Distrito concedió la suspensión provisional en el amparo contra la prisión preventiva justificada que se le impuso a la persona quejosa para el efecto de que quedara a su disposición en lo que se refiere a su libertad personal, y a la del Juez responsable para la continuación del procedimiento. En el recurso de queja interpuesto contra esos efectos manifestó que debieron incluirse los previstos en el artículo 61, fracción XVII, párrafo segundo, del propio ordenamiento, para que se suspenda el procedimiento, una vez concluida la etapa intermedia, hasta que sea n...
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