IUSera
Registro digital 2028650 · Tesis aislada · 11a. Época · XV.1o.7 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO INDIRECTO. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE PROVEER SOBRE SU PROCEDENCIA, AUN CUANDO ARGUMENTE ESTAR IMPEDIDO POR SER PARTE QUEJOSA EN UN JUICIO ANÁLOGO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se interpuso recurso de queja contra el auto del Juez de Distrito mediante el cual acordó no proveer sobre la suspensión provisional de los actos reclamados, conforme al artículo 53 de la Ley de Amparo, al estimar que tiene un interés personal en el asunto, pues es parte quejosa en un diverso juicio de amparo análogo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Juez de Distrito debe proveer sobre la suspensión provisional solicitada en el amparo indirecto, independientemente de que argumente la excusa de tener un interés personal, porque es parte quejosa en...

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