IUSera
Registro digital 2028646 · Jurisprudencia · 11a. Época · II.2o.P. J/9 P (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

SECUESTRO. NO SE CONFIGURA ESTE DELITO ANTE LA AUSENCIA DEL ELEMENTO SUBJETIVO ESPECÍFICO DE FINALIDAD QUE LO RIGE.

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Al conocer de diversos juicios de amparo se analizaron los elementos del delito de secuestro. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el delito de secuestro no se configura ante la ausencia del elemento subjetivo específico de finalidad que lo rige. Justificación: El referido delito no se concreta a exigir para su configuración el acto material de la privación de la libertad de una persona, sino que exige que esté finalísticamente regido, de manera que ante la indemostración de dicho elemento subjetivo no puede tenerse por probada la conducta típica de secu...

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