IUSera
Registro digital 2028634 · Tesis aislada · 11a. Época · III.2o.T.65 L (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

PENSIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE PENSIONES DE LA ENTIDAD RESPETA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Hechos: Un servidor público del Estado de Jalisco promovió amparo indirecto en el que reclamó la reforma publicada en el Periódico Oficial el 9 de septiembre de 2021, por la cual se adicionó al artículo 39 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco un último párrafo, que establece: "La base de cotización para el pago de aportaciones de todas las plazas para cualquier afiliado, no debe ser mayor a 39 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización elevado al mes.", al considerar que viola en su perjuicio el principio de irretroactividad de la ley, pues al tener como emolum...

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