TERCERA EXTRAÑA POR EQUIPARACIÓN. TIENE ESE CARÁCTER EN EL AMPARO INDIRECTO LA PERSONA QUE DEBIÓ SER LLAMADA AL JUICIO DE PRESCRIPCIÓN, POR TENER SU DERECHO DE PROPIEDAD INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO.
Texto de la tesis
Hechos: La persona quejosa promovió amparo indirecto como tercera extraña a juicio por equiparación, contra los actos del Juez y del encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, aduciendo tener derecho de propiedad, debidamente inscrito, de una fracción de terreno respecto del inmueble prescrito en la sentencia dictada en el juicio de donde derivan los actos reclamados. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que tiene el carácter de tercera extraña por equiparación en el amparo indirecto la persona que debió ser llamada al juicio de prescripción, por...
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