IUSera
Registro digital 2028555 · Tesis aislada · 11a. Época · XXI.2o.C.T.9 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. DEBE OFRECERSE EN LA DEMANDA PARA QUE LA AUTORIDAD EN LA AUDIENCIA PRELIMINAR ESTÉ EN APTITUD DE CALIFICAR SU ADMISIBILIDAD Y LO RELATIVO A SU DESAHOGO.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La actora en el juicio oral mercantil ofreció la prueba confesional con posterioridad a la presentación de su demanda, por lo que la Jueza, en la audiencia preliminar, con apoyo en el artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio, determinó que no había lugar a admitirla. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en el juicio oral mercantil la prueba confesional debe ofrecerse desde el escrito de demanda para que la autoridad responsable en la audiencia preliminar esté en aptitud de calificar su admisibilidad y lo relativo a su desahogo; esto es, determinar si...

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