IUSera
Registro digital 2028522 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 58/2024 (11a.) · Primera Sala

DEDUCCIÓN DE PAGOS A PARTES RELACIONADAS O A TRAVÉS DE ACUERDOS ESTRUCTURADOS QUE RECAIGAN EN REGÍMENES FISCALES PREFERENTES. LA LIMITACIÓN PREVISTA EN LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RESPETA LOS PRINCIPIOS DE SEGURIDAD JURÍDICA Y LEGALIDAD TRIBUTARIA.

Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona jurídica, integrante de un grupo multinacional, promovió un juicio de amparo indirecto en contra del artículo 28, fracción XXIII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que establece que no serán deducibles los pagos realizados a partes relacionadas o a través de un acuerdo estructurado, cuando los ingresos de su contraparte estén sujetos a regímenes fiscales preferentes. La empresa planteó, entre otras cuestiones, que el contenido de la norma le causa inseguridad jurídica y afecta el principio de legalidad al habilitar al Servicio de Administración Tributaria que emita las...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.