IUSera
Registro digital 2028501 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.C.CS. J/32 C (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. AL RESOLVER SOBRE LA DEFINITIVA, ES FACTIBLE ESTUDIAR LA CAUSAHABIENCIA PROCESAL DE LA PERSONA ARRENDATARIA DEL INMUEBLE OBJETO DE LA ORDEN DE LANZAMIENTO, NO EJECUTADA, QUE LA RECLAMA COMO PERSONA TERCERA EXTRAÑA A JUICIO.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito sostuvieron posturas divergentes sobre la forma de resolver la suspensión definitiva cuando en el juicio de amparo indirecto se reclama una orden de entrega o lanzamiento de un inmueble, no ejecutada, por quien se ostenta como persona tercera extraña, quien celebró contrato de arrendamiento con la demandada en el juicio del cual emanó la orden, con posterioridad a la emisión de la sentencia ejecutoria. Mientras que uno determinó que debe estudiarse de oficio la causahabiencia procesal derivada del contrato de arrendamiento y negar la suspensión, po...

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