SALARIOS VENCIDOS O CAÍDOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AL SERVICIO DEL ESTADO DE COLIMA. SU PAGO SE CUANTIFICA CON BASE EN LA LEY VIGENTE AL EMITIRSE EL LAUDO QUE DETERMINA EL DERECHO A PERCIBIRLOS.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona trabajadora demandó ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Colima el pago de salarios caídos, con motivo de su despido injustificado (al presentar la demanda se encontraba vigente el artículo 35 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, que disponía que el pago de esa prestación se realizaría desde la fecha del cese hasta que se cumplimentara el laudo). En el laudo se condenó a la patronal únicamente desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de 12 meses, al disponer...
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