IUSera
Registro digital 2028488 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.24 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA EN AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE DECLARARLO FUNDADO SI CON ELLO SE AGRAVA LA SITUACIÓN QUE LA PERSONA RECURRENTE GUARDA EN RELACIÓN CON LA RESOLUCIÓN RECURRIDA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Al analizar los agravios en el recurso de queja en amparo directo se consideró necesario valorar los efectos que tendría en la parte recurrente declararlos fundados. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente declarar fundado el recurso de queja, si con ello se agrava la situación que la persona recurrente guarda en relación con la resolución recurrida. Justificación: Conforme al artículo 103 de la Ley de Amparo, el recurso de queja tiene como finalidad dejar insubsistente o modificar la resolución recurrida a fin de que el tribunal de alzada e...

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