JUICIO AGRARIO. SI FALLECE UNA DE LAS PARTES DURANTE LA SUSTANCIACIÓN Y ANTES DEL DICTADO DE LA SENTENCIA, EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEBE SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO HASTA QUE SE RESUELVA EL INCIDENTE EN EL QUE SE DETERMINE QUIÉN LA SUSTITUIRÁ PROCESALMENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Durante la sustanciación de una controversia agraria falleció una de las partes. Posteriormente, el Tribunal Unitario Agrario dictó sentencia, no obstante que no se había designado a quien debía sustituirla procesalmente. Contra dicha resolución la contraparte promovió juicio de amparo directo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que si durante la sustanciación del juicio agrario y antes del dictado de la sentencia fallece una de las partes, el Tribunal Unitario Agrario debe suspender el procedimiento hasta que se resuelva el incidente en el que se determin...
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