IUSera
Registro digital 2028419 · Tesis aislada · 11a. Época · II.2o.A.28 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

CESACIÓN DE EFECTOS DEL ACTO RECLAMADO. NO SE ACTUALIZA ESA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CUANDO SE RECLAMA EL PAGO RETRASADO O DESFASADO DE UNA PENSIÓN POR JUBILACIÓN.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La persona quejosa promovió juicio de amparo indirecto en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social, de quien reclamó la orden verbal o escrita para retener, suspender, bloquear, cancelar o revocar el monto total del pago de su pensión por jubilación, así como su pago desfasado o retrasado. El Juez de Distrito sobreseyó en el juicio al estimar que se actualizó la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXI, de la Ley de Amparo, porque la autoridad responsable acreditó que ya se había efectuado el pago de la pensión, por tanto, los efectos del acto reclamado c...

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