AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. NO ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA QUE EL JUEZ DE CONTROL, ANTE LA EVENTUAL CONTRADICCIÓN ENTRE LOS DATOS DE PRUEBA DE DESCARGO –DESAHOGADOS DURANTE EL PLAZO CONSTITUCIONAL– CON LOS DE CARGO, DÉ PREVALENCIA A UNOS SOBRE OTROS [ACLARACIÓN DE LA TESIS AISLADA II.2O.P.80 P (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: Se promovió juicio de amparo indirecto contra la resolución de segunda instancia que revocó el auto de no vinculación a proceso dictado por un Juez de Control. El Tribunal de Alzada consideró que los datos de prueba mencionados por el Ministerio Público eran suficientes para establecer el hecho que la ley señala como delito y la probable participación del quejoso en su comisión, aun cuando se desahogaron medios de prueba por parte de su defensa, los cuales estimó idóneos y pertinentes, pero insuficientes para desvirtuar la imputación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circu...
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