SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA NEGATIVA DEL RETIRO DE LOS FONDOS DE LA CUENTA INDIVIDUAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 89, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, PARA EL EFECTO DE QUE EL CÓMPUTO DE LOS AÑOS DE COTIZACIÓN SEA A LA FECHA EN QUE SE EFECTUÓ LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona pensionada por invalidez promovió juicio de amparo indirecto contra la negativa del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de retirar en una sola exhibición el saldo de su cuenta individual en términos del segundo párrafo del artículo 89 de la ley de la materia, y solicitó la suspensión provisional para el efecto de que no se sigan computando los años de cotización y, de ese modo, no se reúnan los veinticinco años que la excluirían del supuesto previsto en dicha porción normativa. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Ci...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.