DEMANDA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 13, ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, AL LIMITAR SU ENVÍO A TRAVÉS DE CORREOS DE MÉXICO AL LUGAR EN QUE RESIDA EL DEMANDANTE Y RESTRINGIRLO DESDE OTRA PARTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA, VIOLA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio contencioso administrativo, el promovente depositó su demanda en la Oficina de Correos de México de una entidad federativa distinta a la de su domicilio, por lo que el Magistrado instructor de la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de su residencia la desechó por extemporánea, en términos del artículo 13, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al considerar como fecha de presentación la de recepción en su Oficialía de Partes. Contra esa determinación interpuso recurso de reclamación, en el cual se con...
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