CONSTANCIA DE NO CONCILIACIÓN PREJUDICIAL. ES SUFICIENTE QUE SE EXHIBA LA RELATIVA A LA PARTE PATRONAL IDENTIFICADA EN LA DEMANDA, SIN QUE DEBA EXIGIRSE LA CORRESPONDIENTE A "QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO", CUANDO SE RECLAME LA INDEMNIZACIÓN O REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio laboral en el que se demandó la indemnización constitucional por despido injustificado, la autoridad responsable, previo requerimiento, determinó remitir el asunto al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y archivarlo como concluido ante la falta de exhibición de la constancia de no conciliación respecto de "quien resulte responsable de la fuente de trabajo". Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es suficiente que se exhiba la constancia de no conciliación respecto de la parte patronal identificada en la demanda, sin que deba exig...
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