IUSera
Registro digital 2028299 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 31/2024 (11a.) · Primera Sala

CALIDAD DE PERSONA IMPUTADA DENTRO DE UNA INVESTIGACIÓN MINISTERIAL. EL HECHO DE QUE EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES FACULTE AL MINISTERIO PÚBLICO PARA DEFINIR ESA CALIDAD, NO VULNERA LOS DERECHOS DE IGUALDAD PROCESAL, SEGURIDAD JURÍDICA Y DEFENSA ADECUADA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona solicitó a una autoridad ministerial encargada de la integración de una carpeta de investigación que le tuviera por nombrados defensores, y que señalara día y hora para que compareciera a ejercer su derecho de defensa. La autoridad ministerial negó lo solicitado bajo el argumento de que hasta ese momento no contaba con datos que establecieran que la persona promovente tuviera la calidad de imputada, con base en el artículo 112 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Inconforme, la persona solicitante promovió un juicio de amparo indirecto en el que reclamó dicha nega...

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