IUSera
Registro digital 2028274 · Tesis aislada · 11a. Época · XX.2o.P.C.13 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y CIVIL DEL VIGESIMO CIRCUITO.

RECURSO DE REPOSICIÓN. EL CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS NO FACULTA AL MAGISTRADO PRESIDENTE DE UNA SALA REGIONAL COLEGIADA MIXTA A RESOLVERLO UNITARIAMENTE.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los actores denunciaron un juicio sucesorio intestamentario; previo requerimiento, el Juez dio por terminada la denuncia relativa y ordenó el archivo como asunto concluido. Inconformes con esta determinación interpusieron recurso de apelación, el cual fue declarado inadmisible por el Magistrado presidente de una Sala Regional Colegiada Mixta, por lo que interpusieron recurso de reposición que el propio juzgador resolvió improcedente. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Código de Organización del Poder Judicial del Estado de Chiapas no faculta al Magi...

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