PERSONAS MORALES OFICIALES. EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 7O. DE LA LEY DE AMPARO QUE LAS EXENTA DE EXHIBIR GARANTÍAS, ES CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio de amparo indirecto el Juez de Distrito concedió la suspensión provisional, y en términos del segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley de Amparo, exentó a la parte quejosa de exhibir garantía para que siguiera surtiendo efectos la medida provisional, al tratarse de una persona moral oficial. Inconforme con esa determinación, la tercera interesada interpuso recurso de queja, en el que reclamó la inconstitucionalidad del citado precepto. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley de Amparo, que exenta...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.