MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS EN EL JUICIO LABORAL. PROCEDE OTORGARLAS EN FAVOR DE LA PERSONA ACTORA Y DE LAS NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES INVOLUCRADOS, CUANDO EXISTA URGENCIA Y PELIGRO EN LA DEMORA, A FIN DE EVITAR PERJUICIOS IRREPARABLES, AUN CUANDO LA LEGISLACIÓN APLICABLE NO LAS PREVEA EXPRESAMENTE NI HAYAN SIDO SOLICITADAS EN LA DEMANDA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona moral oficial promovió juicio de amparo indirecto contra el proveído de un Tribunal Laboral burocrático en el cual otorgó una medida cautelar no prevista en la legislación aplicable, consistente en la continuidad de la prestación de servicios de seguridad social hasta que se resolviera el conflicto, al haberse acreditado que tanto la persona trabajadora como su hija menor de edad tenían diversos padecimientos de salud. La persona juzgadora de amparo negó la protección constitucional al considerar que la autoridad responsable tiene la obligación constitucional de garantizar...
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