IUSera
Registro digital 2028255 · Tesis aislada · 11a. Época · I.5o.C.145 C (11a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

INSTITUCIONES DE CRÉDITO. LOS ARTÍCULOS 80, 82 Y 91 DE LA LEY DE LA MATERIA PREVÉN UN SISTEMA DE RESPONSABILIDADES CUYOS SUPUESTOS OPERAN AUTÓNOMAMENTE.

Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

Hechos: En el juicio ordinario mercantil se demandó a una institución de crédito y a su división fiduciaria, el pago de daños y perjuicios por incumplir las obligaciones que asumió en un fideicomiso. La institución de crédito argumentó que no era responsable solidaria porque la división fiduciaria tiene personalidad jurídica diversa. Se determinó que la persona actora acreditó su acción y que la institución de crédito era responsable solidaria en términos del artículo 91 de la Ley de Instituciones de Crédito. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los artículos 80...

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