DEMANDA EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL. EL HECHO DE QUE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN LA TURNE POR ERROR A UN JUEZ ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES, NO DA LUGAR A QUE ÉSTE LA DESECHE POR INCOMPETENCIA, SINO A DEVOLVERLA PARA QUE SE TURNE A LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL A LA QUE ESTÁ DIRIGIDA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona moral demandó en la vía ejecutiva mercantil el pago de diversas prestaciones derivadas de dos pagarés. La Oficina de Correspondencia Común turnó por error el escrito a un Juez de Distrito especializado en juicios orales mercantiles, cuando se encontraba dirigido a uno en materia civil, por lo que aquél lo desechó por considerar que no era competente para conocer de un juicio ejecutivo mercantil y ordenó devolverlo a la promovente. La determinación fue impugnada mediante los recursos de revocación y de apelación, los cuales fueron desechados en un mismo proveído sobre la bas...
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