IUSera
Registro digital 2028231 · Tesis aislada · 11a. Época · I.20o.A.18 A (11a.) · VIGESIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

SUSTANCIACIÓN EN LÍNEA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. LA DEMANDA DEBE CONSIDERARSE PRESENTADA UNA VEZ QUE SE REALIZA SU REGISTRO Y LA FIRMA DE LOS DOCUMENTOS ADJUNTOS, NO ASÍ EL INTEGRADO DE LAS FIRMAS.

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una Magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) desechó la demanda de nulidad presentada en línea al considerarla extemporánea. La parte actora interpuso recurso de reclamación contra esa determinación, la cual fue confirmada por la Sala, con el argumento de que para tener debidamente presentada la demanda se deben completar los tres pasos establecidos en las "Guías de operación del Sistema de Justicia en Línea versión 2.0", es decir, a) su registro, b) la firma de los documentos adjuntos, y c) el integrado de las firmas, por lo que sólo con la realización de esta...

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