SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO. PARA SU OTORGAMIENTO CUANDO EL ACTO RECLAMADO SE VINCULE CON EL PAGO DE ALIMENTOS, EL QUEJOSO DEBE APORTAR LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL ESTUDIO CORRESPONDIENTE Y ASÍ JUSTIFICAR EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 1A./J. 56/2015 (10A.) (ANÁLISIS DE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO).
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio sumario civil se demandó el pago de alimentos provisionales y, en su oportunidad, definitivos a favor tanto de los menores de edad hijos de los contendientes, como de la progenitora; se fijó la pensión alimenticia provisional; contra esa decisión se promovió juicio de amparo indirecto y se solicitó la suspensión provisional, la cual fue negada por el Juez de Distrito, al estimar que de concederse se ocasionaría perjuicio al interés social, en términos del artículo 129, fracción IX, de la Ley de Amparo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el...
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