IUSera
Registro digital 2028215 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.CS. J/47 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA, MORELOS.

NOTIFICACIÓN POR OFICIO A LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL JUICIO DE AMPARO MEDIANTE EL SERVICIO DE MENSAJERÍA ACELERADA "ESTAFETA". CUANDO SU DOMICILIO SE ENCUENTRE FUERA DEL LUGAR DEL JUICIO, NO ES VÁLIDA PARA EFECTOS DEL CÓMPUTO DEL PLAZO CORRESPONDIENTE A FIN DE DETERMINAR LA OPORTUNIDAD DEL INFORME JUSTIFICADO O LA PRESENTACIÓN DE ALGÚN RECURSO PREVISTO EN LA LEY DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Dos Tribunales Colegiados del Decimotercer Circuito analizaron los agravios hechos valer por las autoridades responsables en los recursos que interpusieron (reclamación y revisión, respectivamente) en los que básicamente combatieron la legalidad de la notificación por oficio realizada por la empresa de servicio de mensajería acelerada denominada "Estafeta, sociedad anónima de capital variable". Los órganos colegiados sostuvieron criterios discrepantes pues en el primer asunto, el Tribunal Colegiado la tomó como válida para efectos del cómputo de la presentación del escrito de reclamaci...

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