COSA JUZGADA EN MATERIA LABORAL. LA JUNTA DEBE ALLEGARSE DE LAS PRUEBAS NECESARIAS PARA EL ESTUDIO DE LA EXCEPCIÓN RELATIVA, AUN CUANDO LA PARTE QUE LA OPUSO NO CUMPLA CON SU CARGA PROCESAL DE ACREDITARLA.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio laboral de origen, el actor demandó del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el otorgamiento y pago de una pensión mensual por invalidez y otras prestaciones. El organismo opuso la excepción de cosa juzgada con base en la existencia de dos juicios anteriores seguidos ante autoridades distintas de la responsable, en los que el mismo trabajador demandó las mismas prestaciones. La Junta fue omisa en pronunciarse respecto de dicha excepción al emitir su resolución. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la Junta debe allegarse de las prueba...
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