INTERROGATORIO LIBRE EN MATERIA LABORAL. LA FACULTAD DEL JUEZ PARA REALIZARLO, PREVISTA EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 782 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PUEDE EJERCERLA EN CUALQUIER FASE DEL PROCEDIMIENTO.
Texto de la tesis
Hechos: Un trabajador demandó su reinstalación por el despido injustificado del que dijo fue objeto. En la fase escrita del procedimiento se tuvieron por admitidas sus peticiones, ya que quien compareció por parte de la demandada no justificó su personalidad; sin embargo, antes de la audiencia preliminar ofreció como pruebas en contrario un escrito de renuncia y un recibo finiquito. En esa etapa el Juez anunció las aludidas pruebas y concedió el uso de la voz a la actora, quien por conducto de su apoderado las objetó, por lo que en ese acto dicho juzgador estimó pertinente interrogar personalm...
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