IUSera
Registro digital 2028125 · Tesis aislada · 11a. Época · VII.1o.C.8 C (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL. PARA DISMINUIR SU MONTO NO BASTA QUE EL DEUDOR ALIMENTARIO PRUEBE QUE TIENE OTROS ACREEDORES, SINO QUE DEBE DEMOSTRAR, AUNQUE SEA INDICIARIAMENTE, SUS INGRESOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El Juez de Distrito consideró que el hecho de que el deudor alimentario acreditara tener dos hijos más, menores de edad, era insuficiente para reducir el monto de la pensión alimenticia provisional que se le fijó, ya que para ello se requería que demostrara estar cumpliendo con la obligación de proporcionar alimentos a dichos infantes. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para disminuir el monto de la pensión alimenticia provisional, no basta que el deudor alimentario pruebe que tiene otros acreedores, sino que debe demostrar, aunque sea indiciariamente,...

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