IUSera
Registro digital 2028099 · Tesis aislada · 11a. Época · X.C.4 C (11a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DECIMO CIRCUITO.

USURA. PARA ESTIMAR SU POSIBLE CONFIGURACIÓN TRATÁNDOSE DE PAGARÉS SUSCRITOS PARA GARANTIZAR EL PAGO DE UN CRÉDITO PERSONAL ENTRE PERSONAS QUE NO FORMAN PARTE DEL SISTEMA FINANCIERO, EL JUEZ DEBE ACUDIR A LOS REPORTES DE INDICADORES BÁSICOS DE CRÉDITO PUBLICADOS POR EL BANCO DE MÉXICO Y, EN CASO AFIRMATIVO, REDUCIRLOS PRUDENCIALMENTE A LA TASA EFECTIVA PROMEDIO PONDERADA (TEPP) QUE REFLEJE UN PUNTO MEDIO EQUITATIVO Y PROPORCIONAL PARA LAS PARTES CONTENDIENTES.

Civil y Familiar Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El Juez estimó configurada la usura respecto a la tasa moratoria mensual establecida en un pagaré, por lo que determinó aplicable al caso concreto el parámetro establecido en la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE), sobre la base de ser el referente que utilizan las instituciones bancarias para operaciones similares a la que analizó, pues destacó que era válido para efectos de fijar la garantía en el amparo civil y para satisfacer la pretensión de que en ella se atendía a los perjuicios en relación con el rendimiento que pudo originar la cantidad que se dejó de percibir....

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