IUSera
Registro digital 2028087 · Tesis aislada · 11a. Época · I.5o.C.5 K (11a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LA POSIBILIDAD EXCEPCIONAL DE OFRECERLAS EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 75, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE LA MATERIA, NO SE ACTUALIZA CUANDO EL JUEZ DE DISTRITO ADVIERTA QUE PUEDA VULNERAR ALGÚN PRINCIPIO SUSTANCIAL DEL JUICIO O PROCEDIMIENTO DE ORIGEN, COMO EL DE IGUALDAD PROCESAL DE LAS PARTES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ordinario mercantil una empresa demandó a otra la declaración judicial de que el contrato de prestación de servicios que tenían celebrado se encontraba prorrogado, para lo cual ofreció, entre otros elementos de prueba, la pericial sobre algunos documentos de su propia contabilidad. El Juez de origen la admitió; asimismo, en atención a lo solicitado por el perito de la demandada, ordenó a la actora dar acceso a los peritos no sólo a los documentos que señaló en el ofrecimiento de la prueba, sino a toda su contabilidad y estados financieros generados en los ejercicios de 201...

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