PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE CONOZCA DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO QUE PROMUEVAN, DEBE REALIZAR LOS AJUSTES RAZONABLES PARA FACILITARLES EL PLENO CONOCIMIENTO DE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE DERIVAN DE LA SENTENCIA CORRESPONDIENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona con discapacidad visual promovió juicio laboral en el que se determinó que no acreditó su acción y se absolvió a los demandados. Contra esa determinación promovió juicio de amparo directo. El Tribunal Colegiado de Circuito negó el amparo y protección de la Justicia Federal; sin embargo, consideró pertinente realizar ajustes razonables dentro del procedimiento y ordenó la notificación personalmente y por lista de la sentencia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando una persona con discapacidad visual promueve juicio de amparo directo, el...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.