IUSera
Registro digital 2028056 · Jurisprudencia · 11a. Época · V.3o.C.T. J/1 L (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS RECURSOS QUE INTERPONGAN LAS PERSONAS JUBILADAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO SEA EL DESCUENTO A SU PENSIÓN POR EL CONCEPTO 322. CORRESPONDE A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Diversas personas jubiladas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) promovieron juicio de amparo indirecto contra el descuento a su jubilación por el concepto 322 y, como autoridades responsables, señalaron a diversas personas titulares de distintos departamentos relacionados con el pago de pensiones, todas del aludido organismo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que corresponde a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa conocer de los recursos que interpongan las personas jubiladas del Instituto Mexicano del Seguro Social e...

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