IUSera
Registro digital 2027915 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 77/2023 (11a.) · Segunda Sala

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. LOS DESCUENTOS QUE REALIZA A LAS PENSIONES CON MOTIVO DE CRÉDITOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS, NO CONSTITUYEN ACTOS DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes disintieron al analizar si los descuentos realizados por el Instituto Mexicano del Seguro Social a las pensiones concedidas, con motivo de los créditos otorgados por entidades financieras, deben ser considerados o no como actos de autoridad para efectos de la procedencia del juicio de amparo. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que los descuentos a las pensiones con motivo de créditos otorgados por instituciones financieras en convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social, n...

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