IUSera
Registro digital 2027909 · Tesis aislada · 11a. Época · IV.3o.C.8 C (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO.

EMPLAZAMIENTO EN MATERIA CIVIL. LA FIRMA ELECTRÓNICA EMPLEADA PARA LOS ARCHIVOS DIGITALES PLASMADA EN ESA DILIGENCIA DÍAS DESPUÉS DE QUE SE PRACTICA MATERIALMENTE, IMPLICA LA AUSENCIA DE UN REQUISITO FUNDAMENTAL QUE LA INVALIDA, CONSISTENTE EN LA FIRMA AUTÓGRAFA DEL ACTUARIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La demandada en un juicio oral de arrendamiento promovió juicio de amparo indirecto contra la falta de emplazamiento, el cual se sobreseyó al estimarse actualizada la causa de improcedencia contenida en el artículo 61, fracción XIV, en relación con el precepto 17, ambos de la Ley de Amparo; inconforme con dicha resolución interpuso recurso de revisión en el que se revocó ese fallo y, en suplencia de la deficiencia de la queja, se procedió al estudio de la diligencia tildada de nula. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la firma electrónica empleada para...

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