COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE). DEBE ATENDER LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS PARA LA TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SU COMPETENCIA, SIN QUE PUEDA VARIARLOS MEDIANTE ACUERDOS ADMINISTRATIVOS.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio de amparo indirecto se reclamó la omisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de resolver la solicitud de modificación de permisos de autoabastecimiento de generación de energía eléctrica, derivado de la suspensión de plazos y términos legales ordenada por esa Comisión en el Acuerdo Núm. A/001/2021, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2021. El Juez de Distrito concedió el amparo para que la autoridad responsable resolviera esas solicitudes. Inconforme, la Co...
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