RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. LAS AUTORIDADES QUE NO FIGURAN COMO RESPONSABLES CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO CONTRA LOS REQUERIMIENTOS DE DOCUMENTACIÓN CON APERCIBIMIENTO DE MULTA FORMULADOS POR LOS JUECES DE AMPARO.
Texto de la tesis
Hechos: Los órganos judiciales contendientes discreparon en torno a si la autoridad que no figura como responsable en un juicio de amparo, pero que es requerida por el Juez constitucional para que envíe determinadas constancias con el apercibimiento de una multa ante su eventual incumplimiento, tiene o no legitimación para interponer el recurso de queja a que se refiere el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo en contra del acuerdo respectivo. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la autoridad que no figura como responsa...
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