PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN EL DELITO DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 400 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE, INICIA HASTA QUE CONCLUYA EL DE CINCO AÑOS CON QUE CUENTA LA AUTORIDAD FISCAL PARA EJERCER SUS FACULTADES DE COMPROBACIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 67 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: En un proceso penal seguido por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita previsto en el artículo 400 bis del Código Penal Federal, se promovió un incidente de sobreseimiento por prescripción de la acción penal, al considerar que al ser un ilícito que se persigue por querella, el requisito de procedibilidad establecido en dicho precepto fue presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de forma extemporánea, al exceder los plazos que dispone el artículo 107 del mismo código. Incidente que se declaró infundado, lo cual fue confirmado en apelación,...
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