IUSera
Registro digital 2027786 · Tesis aislada · 11a. Época · II.3o.A.10 K (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A UNA DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD. CUANDO EL DENUNCIANTE TENGA MÁS DE UNA RESIDENCIA, CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERCE JURISDICCIÓN EN EL LUGAR EN QUE SE PRESENTE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Tanto el Juez de Distrito requirente como el requerido argumentaron carecer de competencia para conocer de la denuncia por incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad, en términos del artículo 210 de la Ley de Amparo, porque el acto reclamado no requería de ejecución material, por lo que era competente para resolver el asunto aquel en cuya jurisdicción residiera el denunciante; sin embargo, este último señaló en el acto reclamado como domicilio uno diverso al indicado en su escrito de denuncia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que e...

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