PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LA INTERPRETACIÓN CONFORME Y PRO PERSONA DEL ARTÍCULO 19, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, EXIGE APLICAR LOS ELEMENTOS HISTÓRICO, TELEOLÓGICO, LITERAL, SISTEMÁTICO Y FUNCIONAL, EN ARAS DE ACATAR LA SENTENCIA EMITIDA POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO QUE PROHÍBE SU IMPOSICIÓN AUTOMÁTICA.
Texto de la tesis
Hechos: En la sentencia recurrida el juzgador de amparo negó la protección constitucional contra la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, por considerarla una restricción de rango constitucional que prevalece sobre la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sin agotar, en términos de la tesis de jurisprudencia 2a./J. 163/2017 (10a.), un ejercicio de interpretación conforme y pro persona del segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los principi...
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